3 abr 2012

adopciones internacionales



Las adopciones internacionales en República Dominicana se encuentran regidas por la Ley #136-03 de 2003. El Departamento de Adopciones del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) es el organismo encargado de todo el procedimiento administrativo. Solamente se acepta la adopción privilegiada, o sea, aquélla en que el adoptado deja de pertenecer a su familia de sangre y se extingue el parentesco con los integrantes de ésta, así como todos sus efectos jurídicos, con la excepción de los impedimentos matrimoniales. El adoptado tiene en al familia adoptante los mismos derechos y obligaciones del hijo biológico. La adopción privilegiada es irrevocable



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